Ante las investigaciones re abiertas por violaciones a los derechos humanos carabineros busca impedir que las imágenes de las cámaras corporales puedan solicitarse por transparencia
A través de la abogada del consejo de defensa del estado solicitaron el requerimiento y se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, los artículos 5, inciso segundo, y 28, inciso segundo, de la ley 20285 sobre la información pública
RUTH ISRAEL LÓPEZ, Abogado del Consejo de Defensa del Estado, en representación del Fisco de Chile-Carabineros de Chile, ambos domiciliados para estos efectos en Agustinas Nº 1225, piso 4, Santiago, a S.S. Excma. con respeto digo: Que en conformidad con lo establecido en los artículos 93, N° 6 de la Constitución y 79 y siguientes de la ley N° 17.997, LOC del Tribunal Constitucional cuyo texto refundido se encuentra en el DFL 5/2010 SEGPRES , deduzco requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad solicitando se declare inaplicable el precepto legal contemplado en el artículo 5°, inciso segundo y en el artículo 28, inciso segundo, ambos de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública, en adelante también “Ley de Transparencia” en la causa Ingreso Corte N° 119-2021 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago.
El recurso dado a conocer a través del diario constitucional debe ser visado por la sala designada por la Presidenta del Tribunal Constitucional tendrá que resolver si admite a trámite la impugnación, para luego pronunciarse sobre su admisibilidad.
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