Denuncian a Cathy Barriga por desvincular a una Funcionaria Municipal con Fuero Maternal

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No es la primera vez que la alcaldesa es cuestionada por despidos injustificados , esta constante se viene arrastrando desde antes del 2017

Recuerdo el 2017   cuando El sindicato a honorarios de la comuna busca defender y denunciar la situación irregular publicada en la izquierda diario esta vez me llegó una denuncia concreta por despido injustificado de una funcionaria municipal aun estando con fuero, además de ser una situación irregular se contradice con la ley laboral

La denuncia es la siguiente junto con los documentos :

 

Quiero denunciar a la alcaldesa Cathy Barriga y su administración, puesto que ha desvinculado a una Funcionaria Municipal con Fuero Maternal y teniendo una bebé de menos de 7 meses.

Hago una descripción de hechos en orden cronológico:

3 de noviembre del 2017: Decreto Alcaldicio, que ordena sumario administrativo, no mencionó el tenor del sumario, puesto que aún no se han demostrado las supuestas faltas y sin importar la falta, la funcionaria aun cuenta con Fuero Maternal.

16 de enero de 2020: Se emite licencia por molestias asociadas al embarazo, licencia con una duración de once días. Mediante esta licencia es que en la Municipalidad se enteraron que la Funcionaria estaba embarazada.

27 de enero de 2020: Al terminar la Licencia Médica, la Fiscal Sumariante de la Municipalidad de Maipú y actual Directora de Jurídico, emite la Resolución que decreta la medida preventiva de suspensión sin castigo de reducción salarial. Extrañamente, luego de que el Sumario estuvo durmiendo por más de 2 años desde que fue instruido, pero cuando la Administración Municipal se entera del estado de gravidez de la funcionaria es que se emite la Resolución de suspensión.

06 de marzo de 2020: Urgencia Ginecológica atendida en el Hospital del Profesor, hemorragia por Hematoma Retrocorial.

06 de abril de 2020: Se apela a sumario administrativo y se presentan descargos. Se presentan certificados de Embarazo de alto riesgo.

13 de abril de 2020: Después de leer el expediente con mayor detalle, se solicita a la Alcaldesa Cathy Barriga APERTURA DE PRUEBA. Se presenta certificado de Urgencia Ginecológica debido a la hemorragia sufrida el 06 de marzo.

04 de junio de 2020: Estando con licencia pre-natal desde el 01 de junio de 2020, estando en cuarentena, por su estado de gravidez pertenecía al grupo de riesgo de contagio COVID-19 y con los antecedentes de Embarazo de alto riesgo, llega al domicilio de la Funcionaria la actuaría de Jurídico a notificar asuntos relativos al sumario. Actuar temerario que demuestra acoso y hostigamiento sistemático QUIZAS motivado por Discriminación basada en motivos de Maternidad. Se notifica: Careo PRESENCIAL con una trabajadora municipal, quien había declarado falsedades en contra de la funcionaria.

19 de noviembre de 2020: Se recibe Notificación bastante “sui géneris”, ya que el ACTA DE NOTIFICACIÓN en su título dice (Decreto que mantiene medida disciplinaria), pero termina aplicando más medidas disciplinarias de “Destitución y prórroga de Suspensión preventiva y 50% de su remuneración.” Irrespetan el fuero.

25 de noviembre de 2020: Se presenta Recurso de Reposición dentro del plazo legal de 5 días hábiles.

15 de diciembre de 2020: Se notifica personalmente el Decreto que rechaza la Reposición y aplica medida disciplinaria de Destitución. Aquí hay una clara persecución y no observancia de la Ley e irrespeto a los derechos que están por sobre a lo que dicta el Derecho Administrativo.

Nuevamente, más que ver las causas del sumario, hay que ver el procedimiento al proceso administrativo sumarial y el mérito, puesto que ningún Sumario Administrativo y medida disciplinaria está por sobre la Constitución. No existe falta administrativa que tenga el suficiente peso para irrespetar el Fuero Maternal, sólo un juez competente puede Desaforar.

Desde noviembre de 2017 la funcionaria fue perseguida mediante un Sumario Administrativo y desde que la administración de Cathy Barriga se enteró que estaba embarazada comenzó a vivir un calvario, hostigamiento y persecuciones. Puesto que después de enterarse de su estado de gravidez fue suspendida preventivamente, se le formularon cargos en virtud de un sumario estuvo durmiendo por más de 2 años, se la citó a un careo presencialmente cuando hacía goce de una licencia prenatal, existiendo antecedentes de embarazo de alto riesgo y una situación excepcional de cuarentena por la pandemia COVID-19 y ocurrieron varios hechos que al menos dejan mucho que desear en el ámbito del Procedimiento en Derecho Administrativo.

En lo que a Derechos respecta, se vulnera el Derecho a la Defensa, al Debido Proceso, Presunción de Inocencia y Fuero Maternal, se han aplicado medidas que no son racionales ni justas y que han dejado a la Funcionaria en total y absoluta indefensión.

En el ámbito más personal, la hija de la funcionaria nació con una malformación pulmonar congénita, por lo que a la niña se le tuvo que practicar una cirugía. ¡ALCALDESA, NO PUEDES METERTE CON UNA GUAGUA QUE NI SIQUIERA HA CUMPLIDO 7 MESES!

La alcaldesa es la culpable directa de esta vulneración de derechos y atropellos sistemáticos, considérense letras a) y b) del Artículo 61 de la Ley 18.883 y artículos 2 y 11 del DFL 1-19653 (FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.575, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO).

 

 









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